Este lunes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el Decreto por el que se reforma el artículo 8° de la Ley Federal de Cinematografía que dispone que todas las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español.
Dicha iniciativa fue aprobada el 16 de febrero pasado por la Cámara de Diputados después de su aprobación en el Senado. En ella se especifica, además, que incluso aquellas cintas infantiles o documentales doblados a la lengua castellana deberán tener subtitulaje en español.
Lo anterior, según se puede interpretar a partir de la reforma en el artículo 8° de la citada ley, incluye a las películas mexicanas, mismas que también deberán contener subtítulos.
Esta medida, precisaron los legisladores impulsores de la iniciativa, representa un paso más hacia la defensa de los derechos humanos y la inclusión social de las personas con discapacidad, sobre todo para las personas con discapacidad auditiva que históricamente se quedan sin gran parte del acceso a las proyecciones por tener formatos no inclusivos.
“Al subtitular las obras cinematográficas se incrementaría el acceso a los cines en cerca de 2.4 millones de mexicanos con algún tipo de discapacidad auditiva, lo que además permitiría fortalecer esta importante industria para nuestro país”, indicó el diputado Sergio Mayer Bretón, presidente de la Comisión de Cultura y Cinematografía, en febrero pasado.
De esta manera, especifica un artículo transitorio del decreto, esta modificación entra en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, este martes, pero el Ejecutivo federal tendrá un plazo de 60 días naturales para hacer las modificaciones pertinentes en el reglamento y demás disposiciones que deriven de ésta.