El Juez Segundo de Distrito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Ciudad de México, ordenó mantener suspendidas todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reformó la Ley de la Industria Eléctrica, publicado el pasado 9 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En su acuerdo, el juez precisó que aunque el amparo fue solicitado por la empresa Parque Solar Orejana, que participa en el mercado eléctrico mayorista, la suspensión debe tener efectos generales pues de lo contrario se estaría dando una ventaja competitiva a la quejosa.
“A pesar de que se solicitó solamente por una empresa que participa en el mercado eléctrico mayorista, debe tener efectos generales, ya que otorga una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica, sino que, además podría ocasionar distorsiones endicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar”, señaló el juez.
En consecuencia, la suspensión beneficiará tanto a la quejosa como a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y los particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica antes de la reforma.
Añadió que con esto no se deja insubsistente la reforma eléctrica de esta Administración, sino que únicamente se postergan sus efectos para conservar la materia del juicio, que tiene como fecha de audiencia constitucional el próximo 27 de abril, mientras que el 18 de marzo se decidirá si se mantendrá o no la suspensión de manera definitiva.