Podría haber 41 de los desaparecidos de Ayotzinapa en los restos encontrados en Cocula

El costo para conocer la identidad de entre 17 y hasta 41 personas calcinadas en el basurero de Cocula, a través del análisis genético a los restos óseos localizados en ese lugar durante las investigaciones para dar con el paradero de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ronda entre los 11 mil 400 y 114 mil dólares.

La Fiscalía General de la República (FGR) tendría que hacer esa inversión para enviar al Instituto de Medicina Legal de la Universidad de Innsbruck los 114 restos óseos planteados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) como “clave” en el caso de los estudiantes desaparecidos hace 6 años.

El análisis genético a esos 114 restos, según la CNDH, servirían para descartar o confirmar el aspecto que sostiene la verdad histórica de la extinta Procuraduría General de la República (PGR), en torno al destino final de los normalistas: que fueron calcinados en el basurero de Cocula y arrojados al cauce del Río San Juan.

Aun si los restos óseos no corresponden a ninguno de los 43 normalistas, esos fragmentos tienen información genética relacionada con la identidad de personas que siguen como desaparecidos y que quizás sus familiares los están buscando también.

De acuerdo con una tabla de costos de la Universidad de Innsbruck, el análisis genético nuclear, que se centra en la parte medular de la célula, tiene un costo de 100 dólares por pieza. Lo que equivaldría a 239 mil 400 pesos por analizar los 114 restos.

Mientras que el análisis genético mitocondrial, en esa misma institución austriaca, que se efectúa en cada una de las mitocondrias de la célula, alcanza un costo de mil dólares por cada una de las 114 piezas, que representaría un gasto de 2 millones 394 mil pesos.

En el área de Servicios Periciales de la FGR permanecen resguardados los 114 restos óseos rescatados entre el 27 de octubre y el 6 de noviembre de 2014, de un cúmulo de 63 mil restos.

Se trata de 111 recuperados en el basurero de Cocula y tres más en el Río San Juan, presuntamente durante la incursión ilegal de Tomás Zerón de Lucio, exdirector de la Agencia de Investigación Criminal, con el acusado Agustín García Reyes, alias El Chereje, realizada el 28 de octubre de 2014.

Este grupo de 114 restos óseos está compuesto por 38 porciones petrosas del hueso temporal; 26 cóndilos mandibulares; 12 huesos ganchosos; 14 huesos semilunares; 10 órganos dentales; 11 fragmentos de huesos maxilares y mandibulares; y las 3 petrosas que se recuperaron en el Río San Juan.

El Grupo de Expertos Internacionales en Materia de Fuego que trabajó en el caso, establecieron en su informe, Fuego en el Basurero Municipal de Cocula. Estudio inicial e informe sobre su análisis, que: “Los equipos de antropología y odontología identificaron los restos de, al menos, 17 cuerpos humanos adultos…”

La tesis de las 17 identidades también la sostuvo la PGR.

El Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), en conferencia de prensa del 9 de febrero de 2016, hizo público su Dictamen Sobre el Basurero de Cocula. Las 38 porciones petrosas de huesos temporales con las que determinó un número mínimo de 19 personas en los restos del basurero y hasta 38.

La CNDH, por su parte, estima que en los restos tanto del basurero, como del Río San Juan se podría identificar entre 21 y 41 personas.

Según la Recomendación de la CNDH los indicios recuperados del basurero del Río San Juan deberían estar resguardados en contenedores que prevengan su pérdida, contaminación y deterioro.

Recomendó, “almacenar los fragmentos óseos bajo condiciones de iluminación, temperatura y humedad controladas, con la finalidad de detener el biodeterioro y la contaminación que los fragmentos óseos presentaron al día de la intervención de este Organismo Nacional, consecuentes al deficiente embalaje en contenedores de plástico cerrados y en envolturas de aluminio”, dice el documento de la CNDH.

En su momento también recomendó que se realizara el embalaje de los restos utilizando materiales que favorezcan la conservación de las muestras biológicas como la espuma de polietileno “ethafoam” esterilizada y la tela de Tyvek para la elaboración de los contenedores secundarios.

De acuerdo con la Recomendación 15VG/2018 de la CNDH, en su apartado 19, los restos óseos recuperados en el basurero de Cocula, que mayor certidumbre podría dar para identificar a individuos, a través de la obtención de ADN son “las porciones petrosas del hueso temporal. Los equipos periciales de la PGR y del EAAF, en su primera visita al vertedero llevada a cabo del 27 de octubre al 6 de noviembre de 2014, recuperaron 38 porciones petrosas”.

El documento del Órgano Autónomo señala que de las 38 porciones petrosas recuperadas, los peritos de la PGR consideraron 17 de éstas para la determinación del Número Mínimo de Individuos (NMI): 17 porciones petrosas izquierdas y 16 derechas.

“De tal manera que en su estimación del NMI de 17, no tomó en cuenta 5 porciones petrosas. Ello se debió a que (la PGR) no logró establecer su lateralidad, es decir, no pudo determinar si se trataba de porciones petrosas izquierdas o derechas”, señala la CNDH.

Además, señala que peritos del EAAF “llevaron a cabo el análisis de las 38 porciones petrosas con las que, a diferencia del perito de la PGR, determinaron un número mínimo de 19 individuos. Es decir, determinaron que en el sitio fueron hallados restos óseos correspondientes a, al menos, 19 distintas personas. El EAAF sí determinó que se trataba de 19 porciones petrosas derechas y de 19 porciones petrosas izquierdas, pero no estableció si eran porciones pares o no, es decir, no determinó si cada par correspondía a una misma persona, de donde resulta que existe la posibilidad —al menos, la posibilidad— de que los restos óseos pudieran corresponder a más de 19 personas distintas”, señala la CNDH.

A partir de las investigaciones de su equipo de peritos, la CNDH estuvo de acuerdo con el dictamen de los forenses argentinos. Dice su Recomendación:

“Los peritos de este Organismo Nacional consideran que el Número Mínimo de 19 Individuos a los que pudieran corresponder las porciones petrosas analizadas, es correcto, entre otros aspectos científicos, porque para poder determinar la lateralidad de las porciones petrosas, el EAAF, a diferencia del perito de la PGR, consideró como elemento fundamental la presencia del meato u orificio auditivo interno en las muestras óseas”, señala la Comisión Nacional de Derechos Humanos.









Información vía: Excelsior

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