Como parte del Paquete Económico 2026, el gobierno federal propuso reformas a la Ley Aduanera que endurecen las sanciones en materia de comercio exterior, buscan inhibir malas prácticas y permiten aplicar embargos precautorios sobre mercancías que incumplan con las regulaciones.
De acuerdo con el proyecto enviado al Congreso de la Unión, las nuevas sanciones serán proporcionales a la gravedad de las conductas que violen la legalidad o el uso correcto de autorizaciones y concesiones, especialmente cuando generen beneficios económicos indebidos que afectan a la economía nacional.
Uno de los cambios más relevantes es que las mercancías sujetas a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de información comercial ya no serán simplemente retenidas por incumplimiento, sino que estarán sujetas a embargo precautorio, dado su impacto directo en la protección del consumidor.
También se aplicará embargo precautorio si las mercancías importadas temporalmente no llegan a los domicilios registrados en los pedimentos aduanales o si no se localizan en dichos domicilios.
Otro punto clave es la obligatoriedad de la Carta Porte para el traslado nacional de mercancías extranjeras, la cual deberá acompañarse del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Este documento es considerado el “pasaporte” que acredita la legalidad del transporte de las mercancías.
La autoridad aduanera ha detectado prácticas irregulares en los traslados hacia los almacenes generales de depósito, por lo que se establecerán nuevas condiciones. Por ejemplo, el arribo a estos almacenes deberá hacerse en un plazo máximo de 20 días naturales. Si no se cumple este plazo sin justificación, se exigirá el cambio de régimen aduanero a importación definitiva, con el consecuente pago de impuestos y cuotas compensatorias.
Asimismo, solo será posible realizar este cambio de régimen si se comprueba que las mercancías sí ingresaron al almacén en el plazo establecido. De no hacerlo, no podrán volver a utilizarse cartas cupo para ingresar mercancías al régimen de depósito fiscal.
Además, se reduce el plazo de 20 días a solo 24 horas para que el almacén o expositor internacional informe sobre faltantes o sobrantes en los pedimentos. El incumplimiento conllevará la pérdida del derecho a emitir nuevas cartas cupo.
El proyecto también contempla incluir al régimen de recinto fiscalizado estratégico en programas de diferimiento de aranceles para procesos de elaboración, transformación o reparación. Las empresas que introduzcan mercancías para fines como exhibición o distribución deberán garantizar el pago de impuestos mediante cuentas aduaneras de garantía.
La autoridad aduanera también podrá usar bases de datos estadísticas, cooperación internacional y consultas anticipadas para validar los valores declarados en operaciones, sin contravenir los tratados internacionales suscritos por México.
Finalmente, se proponen sanciones más severas a los recintos fiscalizados estratégicos que permitan la salida de mercancías sin cumplir formalidades o sin pago de contribuciones, con el fin de disuadir prácticas de evasión fiscal y garantizar el cumplimiento de la normatividad aduanera.









