Ciudad de México a 26 de octubre de 2026.- Desde el sábado 24 de octubre entró en vigor la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral, una nueva disposición que busca modernizar la manera en que se administra y registra la información de los inmuebles en México.
El decreto, publicado el viernes 23 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece mecanismos para mejorar la coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales, además de facilitar el intercambio de información sobre viviendas, terrenos, departamentos y otros bienes inmuebles.
Uno de los principales cambios será la creación de la Clave Única Catastral, un identificador que permitirá distinguir cada propiedad registrada y facilitar la consulta y actualización de sus datos. También se contempla una Cédula Única Catastral y Registral para vincular la información del catastro con la del Registro Público de la Propiedad.
La intención es contar con registros más organizados y consistentes, lo que podría ayudar a detectar diferencias entre la información de los inmuebles y contribuir a prevenir irregularidades relacionadas con operaciones inmobiliarias.
Trámites digitales y nuevos registros
La legislación contempla dos plataformas: una destinada a los servicios catastrales municipales y otra para los registros públicos de la propiedad. Mediante estos sistemas se prevé facilitar trámites, realizar pagos electrónicos y recibir notificaciones oficiales.
El acceso a los servicios digitales se realizará mediante Llave MX, conforme a los lineamientos que establezcan las autoridades. Además, la información de los registros deberá intercambiarse bajo medidas de protección de datos personales y seguridad.
Sin embargo, la nueva clave catastral no sustituirá los documentos que acreditan legalmente la propiedad de un inmueble ni será, por sí sola, una prueba plena de que una persona es dueña de una casa o terreno.
¿La nueva ley aumentará el impuesto predial?
Uno de los temas que ha generado dudas es el posible impacto en el pago del impuesto predial. Al respecto, la legislación no establece un incremento generalizado de este gravamen ni fija nuevas tasas o tarifas.
No obstante, la actualización de los registros podría permitir identificar diferencias en la superficie de un terreno o construcciones que no estén asentadas correctamente. En esos casos, el cálculo del impuesto podría verse afectado si los procedimientos y las disposiciones locales correspondientes así lo determinan.
Por ello, el efecto para cada propietario dependerá de las condiciones de su inmueble y de las reglas aplicables en su municipio. La entrada en vigor de la ley no significa que todos los propietarios deban pagar automáticamente una cantidad mayor.
¿Cuándo comenzarán a funcionar los cambios?
Aunque la ley ya está vigente, su aplicación tecnológica será gradual. Las autoridades catastrales y registrales deberán adoptar los nuevos modelos y plataformas a más tardar el 31 de diciembre de 2026, con el objetivo de que comiencen a operar el 1 de enero de 2027.
Por su parte, los congresos estatales tendrán 180 días para realizar las adecuaciones legales necesarias, mientras que las autoridades correspondientes deberán emitir los lineamientos para implementar las nuevas herramientas.
Con esta legislación, México busca avanzar hacia un sistema de información inmobiliaria más coordinado y digitalizado. Durante los próximos meses se conocerán los detalles de su implementación y la forma en que cada entidad y municipio adaptará sus procedimientos.









